Una duda habitual entre trabajadores que se acercan a la edad de jubilación es si la empresa puede obligarles a jubilarse simplemente por haber alcanzado una determinada edad, incluso si el trabajador prefiere seguir en activo. La respuesta es matizada: no es automático, pero tampoco está prohibido en todos los casos.
La regla general: no se puede despedir por razón de edad sin más
Como norma general, la edad por sí sola no es una causa válida de extinción del contrato de trabajo. Un despido basado únicamente en haber alcanzado una determinada edad, sin ningún otro elemento que lo justifique, podría considerarse discriminatorio.
La excepción: las cláusulas de jubilación forzosa en convenio colectivo
La ley permite que los convenios colectivos incluyan cláusulas que posibiliten la extinción del contrato de trabajo por el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación fijada por la Seguridad Social, siempre que se cumplan determinados requisitos adicionales exigidos por la normativa, entre ellos objetivos de política de empleo (por ejemplo, vinculando la medida a la contratación de nuevos trabajadores, la mejora de la estabilidad en el empleo, u otros objetivos legalmente reconocidos) y que el trabajador afectado cumpla los requisitos exigidos para tener derecho al 100% de la pensión de jubilación contributiva.
Por qué no basta con que el convenio simplemente lo mencione
Los tribunales han sido exigentes al valorar la validez de estas cláusulas, requiriendo que realmente se acredite la conexión entre la medida y los objetivos de política de empleo que la justifican legalmente, no bastando con una mención genérica en el convenio sin ninguna justificación real detrás.
Qué pasa si tu convenio no tiene esta cláusula
Si tu convenio colectivo no contempla expresamente una cláusula de jubilación forzosa válida conforme a estos requisitos, la empresa no puede obligarte a jubilarte por el simple hecho de alcanzar la edad ordinaria: puedes seguir trabajando (incluso compatibilizando trabajo y pensión mediante la jubilación activa, si decides jubilarte voluntariamente mientras sigues en activo parcialmente).
Qué pasa si te extinguen el contrato sin cumplir estos requisitos
Si la empresa extingue tu contrato alegando tu edad, sin que exista una cláusula de convenio válida que lo ampare conforme a los requisitos legales exigidos, esa extinción podría impugnarse como un despido improcedente o incluso nulo por discriminación, con las consecuencias correspondientes en cuanto a indemnización o readmisión.
Qué hacer si te encuentras en esta situación
Si tu empresa te comunica una extinción del contrato basada en una cláusula de jubilación forzosa de tu convenio, conviene revisar con un asesor laboral si esa cláusula concreta cumple realmente todos los requisitos legales exigidos antes de aceptar la situación sin más.
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