Uno de los mecanismos introducidos en el sistema de pensiones español para corregir desigualdades históricas es el complemento por brecha de género, que sustituyó al anterior "complemento de maternidad" ligado exclusivamente al número de hijos. Su objetivo declarado es compensar el impacto que la crianza y el cuidado familiar suele tener, de forma más frecuente, en la carrera de cotización de las mujeres.
Qué es el complemento por brecha de género
Es un importe adicional que se suma a determinadas pensiones contributivas (jubilación, incapacidad permanente y viudedad), reconocido por cada hijo o hija (biológico o adoptado), con el objetivo de compensar el efecto negativo que la maternidad o el cuidado de hijos suele tener sobre la trayectoria laboral y de cotización, especialmente en el caso de las mujeres.
Quién puede acceder a él
A diferencia del anterior complemento de maternidad, este complemento puede reconocerse tanto a mujeres como a hombres, aunque con criterios de reconocimiento que priman a la persona cuya carrera de cotización se haya visto más perjudicada en relación con el nacimiento o adopción de los hijos, dentro de la pareja. En la práctica, dado que estadísticamente el impacto en la carrera profesional sigue afectando de forma más frecuente y severa a las mujeres, la mayoría de beneficiarios continúan siendo mujeres.
Cómo se calcula el importe
El complemento se calcula como un porcentaje sobre la pensión inicial reconocida, por cada hijo o hija, hasta un máximo de hijos computables establecido por la normativa. El importe concreto y los porcentajes aplicables se han ido revisando en distintas reformas normativas, por lo que conviene consultar siempre la normativa vigente en el momento de la jubilación para conocer la cuantía exacta que correspondería.
Compatibilidad con otros complementos y límites
El complemento por brecha de género es compatible con otros complementos a mínimos de la pensión, aunque su reconocimiento y cuantía están sujetos a los límites máximos que la ley establece para el conjunto de la pensión, de forma que la suma de todos los complementos no puede superar determinados topes normativos.
Cómo se solicita
En la práctica totalidad de los casos, el complemento se reconoce de oficio por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) al resolver la solicitud de la pensión correspondiente, sin necesidad de una solicitud independiente, siempre que se cumplan los requisitos objetivos (número de hijos, tipo de pensión reconocida).
Un mecanismo en evolución normativa
Este complemento ha sido objeto de distintas modificaciones normativas en los últimos años, motivadas en parte por pronunciamientos judiciales sobre la configuración del complemento anterior. Conviene consultar siempre la normativa y los criterios vigentes en el momento de tu jubilación, ya que pueden diferir de los aplicables en años anteriores.
Una base sobre la que sumar los complementos
La calculadora de pensión de este sitio estima el importe base de la futura pensión de jubilación a partir del salario y los años cotizados, como punto de partida antes de añadir los complementos que puedan corresponder.