El mínimo familiar del IRPF no se limita a los descendientes: existe también un mínimo por ascendientes a cargo, pensado para quienes mantienen económicamente a sus padres o abuelos mayores, y que reduce igualmente la base imponible del contribuyente que se hace cargo de ellos.
Qué es el mínimo por ascendientes
Es una cantidad que se resta de la base imponible del IRPF, en función del número de ascendientes (padres, abuelos) mayores de 65 años (o de cualquier edad si tienen discapacidad reconocida) que convivan con el contribuyente y dependan económicamente de él, cumpliendo determinados requisitos de ingresos del propio ascendiente.
Los requisitos para poder aplicarlo
- El ascendiente debe convivir con el contribuyente al menos la mitad del periodo impositivo (con una excepción: los ascendientes internados en centros especializados también pueden generar derecho al mínimo, aunque no convivan físicamente en el domicilio).
- El ascendiente debe depender económicamente del contribuyente, lo que se traduce en un límite de ingresos anuales propios que el ascendiente no puede superar para que el contribuyente pueda aplicar este mínimo.
- El ascendiente no puede haber presentado declaración de la renta con rentas superiores a un umbral reducido específico, ni el propio contribuyente puede aplicar el mínimo si el ascendiente presenta declaración conjunta con otra persona.
El importe aumenta con la edad del ascendiente
De forma similar a como ocurre con la escala de tramos de IRPF, el importe del mínimo por ascendientes se incrementa a partir de determinada edad (con carácter general, a partir de los 75 años se aplica un importe adicional sobre el mínimo base), reconociendo el mayor coste asociado al cuidado de personas de edad más avanzada.
Qué pasa si varios hermanos mantienen al mismo ascendiente
Cuando varios contribuyentes (por ejemplo, varios hermanos) contribuyen al mantenimiento del mismo ascendiente y tienen el mismo grado de parentesco, el mínimo se prorratea entre ellos a partes iguales, con independencia de la proporción real de gasto que cada uno asuma, salvo acuerdo distinto que deba justificarse adecuadamente.
Compatibilidad con otros mínimos y deducciones
El mínimo por ascendientes es compatible con otros mínimos familiares (por descendientes, por discapacidad) y con deducciones autonómicas específicas que algunas comunidades autónomas han establecido para el cuidado de familiares dependientes, que pueden aplicarse de forma adicional según la normativa vigente en cada comunidad.
Un ahorro fiscal que muchas familias no aplican por desconocimiento
Es habitual que familias que efectivamente mantienen económicamente a un ascendiente mayor no apliquen este mínimo por simple desconocimiento de su existencia o de los requisitos exigidos, perdiendo un ahorro fiscal legítimo al que tendrían derecho.
Estima tu retención de IRPF con esta circunstancia
Aunque nuestra calculadora de IRPF está pensada principalmente para el mínimo por descendientes y otras circunstancias del propio contribuyente, te da una base orientativa sobre cómo los mínimos familiares reducen tu retención efectiva.