Calculadora del Ingreso Mínimo Vital

Calcula si tu hogar puede cobrar el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y cuánto, según cuántas personas sois y lo que ingresasteis el año pasado, y si os corresponde el complemento por hijos.

Edad cumplida a 1 de enero de este año.

Sueldos, prestaciones, pensiones y otras rentas de todos los miembros. No cuentan las ayudas por hijo a cargo ni las ayudas de emergencia.

¿Cuándo usar esta calculadora?

Úsala si tus ingresos son bajos o te has quedado sin ellos, para saber si merece la pena pedir el IMV y cuánto podrías cobrar antes de hacer la solicitud. También sirve a familias con hijos que ganan demasiado para el IMV pero pueden cobrar el complemento de ayuda para la infancia, que mucha gente no sabe que puede pedir por separado.

Cómo se calcula

El IMV completa los ingresos del hogar hasta una renta garantizada. Para una persona sola son 733,60 € al mes en 2026, el importe de la pensión no contributiva dividido entre 12. Cada miembro adicional suma un 30 %, hasta el 220 %, y se añade un 22 % más si es un hogar monoparental o si alguien tiene una discapacidad del 65 % o más. Lo que cobras es la diferencia entre esa renta garantizada y lo que ingresó el hogar el año anterior. Por cada menor se suma además el complemento de ayuda para la infancia.

Tabla del Ingreso Mínimo Vital 2026 por tipo de hogar

AdultosMenoresRenta garantizada al mesAl año
1 0 733,60 € 8.803,20 €
1 1 953,68 € 11.444,16 €
1 2 1.173,76 € 14.085,12 €
1 3 1.393,84 € 16.726,08 €
1 4 1.613,92 € 19.367,04 €
2 0 953,68 € 11.444,16 €
2 1 1.173,76 € 14.085,12 €
2 2 1.393,84 € 16.726,08 €
2 3 1.613,92 € 19.367,04 €
3 0 1.173,76 € 14.085,12 €
3 1 1.393,84 € 16.726,08 €
3 2 1.613,92 € 19.367,04 €
4 0 1.393,84 € 16.726,08 €
4 1 1.613,92 € 19.367,04 €

Fuente: Ley 19/2021 (art. 13 y anexo I) y Real Decreto-ley 3/2026 (pensión no contributiva de 8.803,20 € al año). Sin complementos de monoparentalidad ni discapacidad.

Ejemplo práctico

Una madre sola con un bebé de 2 años y un hijo de 8 que el año pasado ingresó 6.000 € (500 € al mes). Su renta garantizada es de 1.335,15 € (733,60 € × 1,6 + 22 % monoparental). Cobraría 835,15 € de IMV más 172,50 € de complemento (115 + 57,50): 1.007,65 € al mes. Una pareja con dos hijos de 10 y 12 años que ingresó 20.000 € no tendría IMV, pero sí 115 € al mes de complemento por los niños.

Contexto legal y fiscal

El IMV está regulado en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre: los requisitos en los artículos 10 y 11 y la cuantía en el artículo 13. La renta garantizada va ligada a la pensión no contributiva, que en 2026 es de 8.803,20 € al año según el Real Decreto-ley 3/2026. El complemento de ayuda para la infancia (artículo 11.6) se puede cobrar con ingresos de hasta el triple de la renta garantizada. Lo gestiona el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Errores comunes

Errores frecuentes: calcular con los ingresos de este año (se usan los del año anterior, salvo que hayan caído mucho); olvidar los ingresos del resto de convivientes; pensar que tener una vivienda en propiedad impide cobrarlo (la vivienda habitual no cuenta en el patrimonio); y no pedir el complemento por hijos por superar el límite del IMV, cuando tiene un límite de ingresos tres veces más alto.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto se cobra del Ingreso Mínimo Vital?

Hasta 733,60 € al mes una persona sola sin ingresos. Para hogares más grandes se suma un 30 % por cada miembro adicional, hasta 1.613,92 € al mes, más los complementos de monoparentalidad, discapacidad y por hijo. Si tienes ingresos, cobras la diferencia hasta la renta garantizada.

¿Quién puede pedir el IMV?

Personas de 23 años o más (o mayores de edad con hijos a cargo) con residencia legal en España durante al menos un año, cuyos ingresos del año anterior estén por debajo de la renta garantizada de su hogar y sin patrimonio por encima de los límites (sin contar la vivienda habitual).

¿Qué es el complemento de ayuda para la infancia?

Una ayuda mensual por cada menor del hogar: 115 € si tiene menos de 3 años, 80,50 € de 3 a 5 y 57,50 € de 6 a 17. Se puede cobrar sin tener derecho al IMV si los ingresos del hogar son inferiores al triple de la renta garantizada.

¿Es compatible el IMV con trabajar?

Sí. Los ingresos del trabajo reducen el IMV porque se descuentan de la renta garantizada, pero la ley prevé que parte de ellos no se tenga en cuenta para no desincentivar el empleo, así que trabajar siempre deja más dinero en total.

¿Tributa el Ingreso Mínimo Vital en el IRPF?

No, está exento (artículo 7.y de la Ley del IRPF). Además, quienes cobran el IMV están obligados a presentar la declaración de la renta, aunque no les salga a pagar.

¿Dónde se solicita?

En la sede electrónica de la Seguridad Social, con certificado digital o Cl@ve, o en un CAISS con cita previa. El derecho empieza el mes siguiente a la solicitud, así que conviene pedirlo cuanto antes.